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Este programa se dirige a pequeñas empresas que se encuentren dentro de la siguiente casuística:
a) Centros Comerciales Urbanos: empresas que se instalen en las áreas de intervención preferente.
b) Zonas rurales: empresas que se instalen en municipios de menos de 3.000 habitantes, a excepción de los integrados en la Comarca de Pamplona, para el abastecimiento de bienes cotidianos.
c) Concesionarios de los mercados municipales.
d) La sucesión de la empresa familiar debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Debe tratarse del traspaso de una empresa comercial consolidada (>10 años en el sector) que se produzca por jubilación o retiro forzoso.
2. La sucesión debe realizarse de una generación a otra, sean familiares o no.
3. Se asegura la permanencia de la misma actividad comercial.
La subvención se basa en la reducción del coste financiero de las operaciones de préstamo o arrendamiento financiero, que serán subvencionadas con 2 puntos de los intereses que se devenguen. En el caso de inversiones de empresas comerciales minoristas que se realicen en establecimientos integrados en la trama urbana, esta subvención será de 3 puntos. En las operaciones de préstamo se subvencionarán como máximo los intereses de los 4 primeros años (3 años para arrendamiento financiero).
Además se concede una ayuda adicional del 5% de la inversión.
El plazo de solicitud termina el 31 de Diciembre de 2007.
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