Funcionamiento de los ficheros de morosos: utilidad e inconvenientes.
Los
conocidos comúnmente como ficheros de morosos permiten a las empresas tomar
decisiones con mayor seguridad, al contar con de información sobre la capacidad
de pago de sus clientes.
Estos listados registran la información sobre
deudas impagadas haciéndola accesible a los usuarios de estos datos. La
morosidad de la persona incluida ya no será conocida únicamente por su
acreedor, sino por todas las empresas que accedan al fichero para evaluar su
solvencia. La circunstancia de aparecer en unos de estos
ficheros puede conllevar consecuencias prácticas tan importantes como la
denegación de un crédito, o la suscripción de un contrato.
Estos ficheros contienen datos de personas que por una u otra razón
deben dinero a algún acreedor. Éste, insatisfecho, ha comunicado la deuda al
titular del fichero, quien comprobada la veracidad de la deuda (deuda cierta,
vencida y exigible), procede a incluir al "moroso" en esas listas.
También es posible incluir en estos ficheros datos obtenidos de
fuentes de acceso público como los Boletines Oficiales (por ejemplo, embargos).
No se produce, por tanto, un consentimiento por parte del interesado para estar
incluido en estos registros, siendo el acreedor el que notifica al titular del
fichero de morosos la existencia de una deuda dineraria, vencida y no
satisfecha por el deudor.
La Agencia Española de Protección de
Datos (AEPD) indica que figuran inscritos en su Registro la existencia
de más de 4.000 ficheros, cuya finalidad es la recogida de datos sobre morosos.
Para hacerse una idea del volumen de datos que tratan, señalar que tan sólo uno
de los ficheros más importantes -ASNEF- tiene registradas como morosas a más de 2,2 millones
de personas residentes en España y a más de 190.000 empresas.
Existen ficheros de morosos sectoriales y multisectoriales. Los
primeros, tienen carácter regional o gremial y están constituidos alrededor de
una gran variedad de actividades empresariales. Los segundos, en cambio, son de
carácter nacional y son, por número de incidencias, los más importantes.
Los más conocidos son el de la Asociación Nacional de Entidades de
Financiación (ASNEF-EQUIFAX), el fichero BADEXCUG y en el ámbito mercantil el
Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI). Por su parte, la Central de
Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) registra los riesgos
contraídos por las entidades de crédito con sus clientes (por créditos o
préstamos concedidos, por avales otorgados, por la posesión de valores de renta
fija, etc.) a partir de 6.000 euros.
¿Cuándo puede ser una persona/empresa registrada
como morosa?
Los
requisitos para que el acreedor de una deuda pueda ceder los datos a un fichero
de morosos son:
- Existencia previa de una deuda cierta
(cantidad líquida), vencida y exigible, que haya resultado impagada, por lo
quedan fuera otro tipo de obligaciones como aquellas que su objeto sea
determinado en especie.
- El requerimiento previo de pago a quien deba
cumplir la obligación.
- El responsable del fichero Común debe
proceder a la cancelación cautelar de los datos cuando el deudor aporte un
principio de prueba documental suficiente que desvirtúe alguno de los
requisitos anteriores, como por ejemplo, justificante de ingreso bancario,
sentencia que declare la inexistencia de deuda, etc.
¿Durante cuánto tiempo pueden
constar mis datos relativos a obligaciones dinerarias?
Un límite importante es que sólo se pueden registrar y ceder datos
personales que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los
interesados, cuando sean adversos, durante más de 6 años.
Es preciso señalar que la legislación permite registrar datos de
carácter personal relativos a solvencia económica siempre que respondan con
veracidad a la situación actual, es decir, se prohíbe registrar "saldos cero",
esto es, deudas canceladas: el acreedor, en cuanto cobró la deuda, debió
comunicarlo al responsable del fichero pues es el responsable de la veracidad y
exactitud de la información que consta en estos ficheros.
¿Qué
puedo hacer para eliminar mi nombre de un registro de morosos?
Una vez que una persona ha sido
incluida como deudora, para poder salir (tras haber saldado la deuda) habrá que
conocer quién solicitó la inclusión y pedirle que comunique al registro de
morosos que esa deuda está cancelada.
Puede solicitarse directamente al
responsable del fichero que rectifique la información del registro, acreditando
documentalmente que la deuda efectivamente ya no existe: se ejercita así el derecho de rectificación o cancelación,
que debe ser respondido en un plazo máximo de 10 días, y si es denegado, la
opción que queda es la denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos
(AEPD), quien estudiado el caso determinará si efectivamente había obligación
de modificar o eliminar el dato.