jueves, 09 de septiembre de 2010
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El ministro de Trabajo e Inmigración ha presentado el borrador del anteproyecto de Ley que regulará la prestación por cese de actividad, el cuál contempla que ésta no será menor de 580 euros mensuales y no podrá superar los 1.300 euros. Los autónomos, según la propuesta del Ministerio, cotizarán inicialmente un 1% de su base de cotización y pondrán disponer de la prestación, por un periodo de dos meses, después de un año cotizado. Los meses de percepción se incrementarán en proporción al tiempo de cotización, de forma que tras 18 meses cotizados se tendrá derecho a tres meses de prestación. Además, tendrá una duración de seis meses y de nueve en el caso de los mayores de 60 años.

El Ministro de Trabajo, Celestino Corbacho apuntó que esta previsto que, una vez pasados unos tres o cuatro años, la cotización suba al 2,5%, tipo que, “permitirá garantizar la autosuficiencia del sistema”.

Celestino Corbacho, dejó claro que, si bien podrá cotizarse de manera voluntaria, esta cotización irá obligatoriamente vinculada a aquella por contingencias profesionales, también voluntaria salvo en el caso de los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE).

La intención del Gobierno es iniciar su trámite parlamentario no más allá del mes de octubre de cara a que esté aprobado antes de que acabe el año. En cualquier caso, los autónomos no podrían cobrar la prestación antes de 2011.
 
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Caja Laboral ofrece a sus clientes la posibilidad de formular consultas gratuitas a un equipo de asesores especializados en pequeños negocios, publicándose aquí algunas de ellas.

CONSULTA 1
Junto a otros dos socios tengo una sociedad limitada dedicada a la venta de material eléctrico. En 2009 vendí a un cliente unos materiales y ha fecha de hoy no he podido cobrarlos, porque la empresa cliente ha desaparecido. Me han comentado que existe la posibilidad de recuperar el IVA que yo entregué a Hacienda por esa venta. ¿Es correcto?. ¿Qué tendría que hacer?. F.G., (Álava).
CONSULTA 2
Mi pregunta es sobre el IRPF y sobre una persona física que tributa en estimación directa y que ha cobrado una subvención de 6.000 euros en 2010 por autoempleo. ¿Debo declarar dicha cantidad de alguna manera?. X.A., (Bizkaia)
CONSULTA 3
¿Es posible despedir a un trabajador que se encuentra de baja por enfermedad?. J.A.H., (Navarra)