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  La SPRI pone en marcha un programa subvenciones a la transmisión de la actividad comercial a otra persona física que se de de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social.

Se busca, de esta manera, apoyar los procesos de relevo generacional de los autónomos dedicados al comercio en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), con el fin de favorecer la sucesión en el establecimiento comercial, tratando de asegurar la continuidad de las empresas e incentivando la sustitución de empresarios de edad avanzada y el mantenimiento de la estructura comercial y el empleo en el sector.


Podrán ser beneficiarias las personas físicas que desarrollen la actividad comercial en la Comunidad, residentes en la CAPV que cuenten con 65 años cumplidos en el ejercicio en el que se acogen a esta ayuda (transmisor) que durante los 10 últimos años vengan desarrollando la actividad comercial y estén dados de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social, y además, transmitan la titularidad del negocio a personas físicas con edad inferior a los 35 años (continuador).

La cuantía de la ayuda será con carácter general de 9.000 €, de los cuales 6.000 € corresponde al transmitente y 3.000 € al adquiriente o continuador de la actividad.

Si el negocio está ubicado en un municipio con una población de derecho inferior a 5.000 habitantes la subvención se incrementa en 3.000 € de los que 2.000 corresponden al transmisor y 1.000 al adquirente.

 

 
CONSULTING-PRO

Caja Laboral ofrece a sus clientes la posibilidad de formular consultas gratuitas a un equipo de asesores especializados en pequeños negocios, publicándose aquí algunas de ellas.

CONSULTA 1
Junto a otros dos socios tengo una sociedad limitada dedicada a la venta de material eléctrico. En 2009 vendí a un cliente unos materiales y ha fecha de hoy no he podido cobrarlos, porque la empresa cliente ha desaparecido. Me han comentado que existe la posibilidad de recuperar el IVA que yo entregué a Hacienda por esa venta. ¿Es correcto?. ¿Qué tendría que hacer?. F.G., (Álava).
CONSULTA 2
Mi pregunta es sobre el IRPF y sobre una persona física que tributa en estimación directa y que ha cobrado una subvención de 6.000 euros en 2010 por autoempleo. ¿Debo declarar dicha cantidad de alguna manera?. X.A., (Bizkaia)
CONSULTA 3
¿Es posible despedir a un trabajador que se encuentra de baja por enfermedad?. J.A.H., (Navarra)