viernes, 03 de septiembre de 2010
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APOYO A AUTONOMOS QUE CONTRATEN FAMILIARES                                            

Ministerio de Trabajo - Instituto Nacional de la Seguridad Social

Tipo de Ayuda

Bonificación de las cuotas a la Seguridad Social de familiares contratados de forma estable por personas trabajadoras autónomas sin personal asalariado, siempre que no convivan en el mismo domicilio, sea una sola persona de la familia y pertenezca a los siguientes grupos de población.

Grupos de población bonificados

Los grupos señalados como tales en Programa de Fomento de Empleo 2007, como:

 

Mujeres. 
x Mujeres que se reincorporen al empleo desde de cinco años de inactividad laboral. 
x Personas mayores de 45 años.
x Jóvenes de 16 a 30 años. 
x Personas trabajadores inscritas como desempleadas ininterrumpidamente en la oficina de empleo durante al menos 6 meses.
x Mujeres que sean contratadas em los 24 meses siguientes a la fecha del parto.

 

Plazo de presentación

Abierto durante todo 2007

- Si quieres más información sobre esta ayuda solicítanosla pinchando aquí  

 

 

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                                                                                              * Información proporcionada por E-Bizkaia

 
CONSULTING-PRO

Caja Laboral ofrece a sus clientes la posibilidad de formular consultas gratuitas a un equipo de asesores especializados en pequeños negocios, publicándose aquí algunas de ellas.

CONSULTA 1
Junto a otros dos socios tengo una sociedad limitada dedicada a la venta de material eléctrico. En 2009 vendí a un cliente unos materiales y ha fecha de hoy no he podido cobrarlos, porque la empresa cliente ha desaparecido. Me han comentado que existe la posibilidad de recuperar el IVA que yo entregué a Hacienda por esa venta. ¿Es correcto?. ¿Qué tendría que hacer?. F.G., (Álava).
CONSULTA 2
Mi pregunta es sobre el IRPF y sobre una persona física que tributa en estimación directa y que ha cobrado una subvención de 6.000 euros en 2010 por autoempleo. ¿Debo declarar dicha cantidad de alguna manera?. X.A., (Bizkaia)
CONSULTA 3
¿Es posible despedir a un trabajador que se encuentra de baja por enfermedad?. J.A.H., (Navarra)