viernes, 03 de septiembre de 2010
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AYUDAS A LA CONTRATACION                                                                              

Gobierno Vasco - Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social

Tipo de Ayuda

Subvenciones por contratación, indefinida o temporal, y por la conversión en indefinido de contratos temporales de personas inscritas como desempleadas, que pertenezcan a colectivos con especiales dificultades de inserción en el mercado laboral.

Colectivos acogidos

 

Personas mayores de 45 años, que figuren inscritas como paradas al menos con una antigüedad de tres meses.
x Personas jóvenes menores de 30 años que figuren inscritos como parados con una antigüedad mínima de 5 meses y máxima de 12 meses. 
x Personas paradas de larga duración, entendiendo por tales las que figuren inscritas como paradas al menos con una antigüedad de doce meses..
x Personas que tengan reconocida una minusvalía de al menos el 33%. 
x Otros colectivos recogidos en el Decreto 329/2003, de 23 de diciembre, por el que se regulan las ayudas al empleo.

 


Plazo de presentación

Dos meses desde la fecha de contratación o prórroga indefinida

- Si quieres más información sobre esta ayuda solicítanosla pinchando aquí  

 

 

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                                                                                              * Información proporcionada por E-Bizkaia

 
CONSULTING-PRO

Caja Laboral ofrece a sus clientes la posibilidad de formular consultas gratuitas a un equipo de asesores especializados en pequeños negocios, publicándose aquí algunas de ellas.

CONSULTA 1
Junto a otros dos socios tengo una sociedad limitada dedicada a la venta de material eléctrico. En 2009 vendí a un cliente unos materiales y ha fecha de hoy no he podido cobrarlos, porque la empresa cliente ha desaparecido. Me han comentado que existe la posibilidad de recuperar el IVA que yo entregué a Hacienda por esa venta. ¿Es correcto?. ¿Qué tendría que hacer?. F.G., (Álava).
CONSULTA 2
Mi pregunta es sobre el IRPF y sobre una persona física que tributa en estimación directa y que ha cobrado una subvención de 6.000 euros en 2010 por autoempleo. ¿Debo declarar dicha cantidad de alguna manera?. X.A., (Bizkaia)
CONSULTA 3
¿Es posible despedir a un trabajador que se encuentra de baja por enfermedad?. J.A.H., (Navarra)