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A partir del 1 de enero del 2007 se prevé la implantación del llamado “gasóleo profesional” aplicable a determinadas actividades de transporte, de forma que los colectivos incluidos quedarán eximidos de la subida que experimentará en dicho ejercicio el impuesto especial que grava el gasóleo.
Las personas usuarias beneficiadas por la medida pagarán la totalidad del precio del combustible y posteriormente la Administración tributaria correspondiente a su domicilio fiscal les reintegrará el importe pagado en exceso. Es decir, que el nuevo beneficio fiscal se articulará por medio de un sistema de devoluciones periódicas cuyas principales características se exponen a continuación.
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