viernes, 12 de marzo de 2010
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La reforma afecta a los tipos de gravamen y a las deducciones de la cuota. De este modo, el tipo general pasa del 32,6% al 28%; el tipo de pequeñas empresas pasa del 30% al 24% para toda la base imponible; el tipo impositivo para las entidades que tributan al 25% (parcialmente exentas, mutualidades, etc.) se reduce al 21%.

En cuanto a las deducciones, se introducen novedades importantes reforzando las destinadas a promover las actividades de investigación y desarrollo, la innovación tecnológica y las inversiones y gastos vinculados a proyectos que procuren el desarrollo sostenible, la conservación y mejora del medio ambiente y el aprovechamiento más eficiente de las fuentes de energía.

Se mantienen las deducciones por inversiones en activos fijos materiales, por actividades destinadas a la protección y difusión del patrimonio cultural, por la reserva para inversiones productivas o para las actividades de conservación y mejora del medio ambiente y ahorro energético, por las contribuciones a sistemas de previsión social y por la creación de empleo para colectivos de difícil inserción.

Se suprimen deducciones para el fomento de tecnologías de la información y comunicación, adquisición de valores de renta variable, exportación (con un régimen transitorio hasta 2011) y por gastos de formación profesional.

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